MARRIAGE IN COLOMBIA
There are different sources to get requirements for a foreign person to get married in Colombia. Some just tell you that you need a birth certificate and single status certification:
REQUISITOS PARA MATRIMONIO CIVIL (COLOMBIA)
(Decreto 2.668 De 1.988)
PRIMERAS NUPCIAS:
1) Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los futuros Contrayentes, valido para acreditar parentesco y para contraer Matrimonio, expedidos con antelación no mayor de UN (1) MES a la fecha de presentación de la solicitud.
2) Fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada uno de los futuros Contrayentes.
3) Si alguno de los futuros Contrayentes es menor de Dieciocho (18) anos de edad, deberá incluir autorización de los padres debidamente autenticada.
SECUNDAS NUPCIAS:
1) Copia Autentica del Folio de Registro Civil de Nacimiento de cada de los futuros Contrayentes, valida para acreditar parentesco y para Matrimonio, expedidos con antelación no mayor de UN (1) MES a la fecha de presentación de la solicitud.
2) Fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada uno de los futuros Contrayentes.
3) Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Matrimonio anterior con la nota de Divorcio a Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Matrimonio anterior conjuntamente con el Registro de Defunción del cónyuge con quien estuvo unido en matrimonio anterior.
4) Copia autentica del todo el expediente de nombramiento de CURADOR ESPECIAL, con la declaracion del mismo, en el caso de existir hijos menores, del anterior matrimonio ya.
5) Declaración juramentada de que los hijos del anterior matrimonio son mayores, basada en documento de idóneos, de que en el anterior matrimonio no quedaron hijos.
REQUISITOS PARA LEGITIMAR HIJOS:
1) Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los hijos a legitimar, valido para acreditar parentesco.
NOTAS IMPORTANTES:
1) La solicitud de matrimonio debe presentarse y subscribirse conjuntamente por los dos (2) Contrayentes ante la Notaria.
2) La mujer debe tener como domicilio de la cuidad aquí.
3) Si el varón no tiene como domicilio de la ciudad aquí, se debe publicar el edicto el la Notaria Primera del lugar de su domicilio, por Cinco (5) días hábiles, para tal efecto se entregara al interesado, el cual deberá devolver a esta Notaria con la fecha de fijación y desfijación, suscrita por el Notario donde se publico.
REQUISITOS CUANDO EL CONTRAYENTE ES EXTRANJERO:
1) Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Nacimiento.
2) Certificado donde conste su estado de soltería, o su equivalentes.
NOTA: Estos documentos deberán tener una vigencia inferior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha de su expedición y cuando son otorgados ante funcionario de país extranjero deberán presentarse con Apostilla y con la Traducción Oficial en Español. Gary Bala
Some Colombian consulates list the laws and articles that you have to follow to get married in Colombia:
Requisitos para contraer matrimonio con un extranjero en Colombia
Correo electrónico Imprimir
Marco Jurídico:
Decreto 2668 de 1988
Ley 962 de 2005
En la celebración de matrimonio civil entre un colombiano y un extranjero, el Notario debe limitarse a exigir los requisitos previstos en los decretos 2668 de 1988 y 1556 de 1989.
La solicitud debe ser escrita y presentada personalmente o por sus apoderados. El ciudadano Colombiano debe aportar el registro civil de nacimiento expedido con antelación no mayor a un mes, (modificado por el parágrafo del artículo 21 de la ley 962 de 2005) y respecto al extranjero, copia del registro civil de nacimiento y el certificado donde conste el estado de soltería, o sus equivalentes.
Marco Jurídico:
Decreto 2668 de 1988
Ley 962 de 2005
En la celebración de matrimonio civil entre un colombiano y un extranjero, el Notario debe limitarse a exigir los requisitos previstos en los decretos 2668 de 1988 y 1556 de 1989.
La solicitud debe ser escrita y presentada personalmente o por sus apoderados. El ciudadano Colombiano debe aportar el registro civil de nacimiento expedido con antelación no mayor a un mes, (modificado por el parágrafo del artículo 21 de la ley 962 de 2005) y respecto al extranjero, copia del registro civil de nacimiento y el certificado donde conste el estado de soltería, o sus equivalentes.
Mas en https://californiaapostille.simdif.com
Quiere comunicarse con nosotros?